La sentencia del Juzgado de lo Penal considera probado que el funcionario, que era el instructor de los expedientes de infracción en materia de seguridad privada, acordó el archivo de las actuaciones abiertas a instancias de la Policía Nacional “a sabiendas de la injusticia y arbitrariedad” que cometía.
Además, la sentencia deja claro que el archivo de los expedientes sancionadores, que en total podían haber supuesto multas de casi 35.000 euros, los llevó a cabo el entonces secretario de la Dirección Insular sin tener “competencia alguna” para ello y sin notificar a la Policía Nacional para ni siquiera ratificar las denuncias.
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