sábado, 24 de octubre de 2009

ESPERE SU TURNO…. GRACIAS….


Quizás una de las reivindicaciones que durante más tiempo y con mayor insistencia se han pedido desde el colectivo de la seguridad privada sea la restitución del carácter de agente de la autoridad, retirada desde la reforma de la ley de Seguridad Privada (L.S.P.) 23/92,curiosamente la desposesión y perdida de la condición de agente de la autoridad, reconocida en otros tiempos al vigilante jurado, no se corresponde con la eliminación o reducción de obligaciones especiales legalmente establecidas pues en la actualidad el ejercicio de la profesión de vigilante de seguridad sigue estando condicionada por un conjunto de controles e intervenciones de la Administración, al contrario, podemos decir que la seguridad privada desde 1992 ha ido progresando en responsabilidades y campos de actuación desde la realización de escoltas privadas a cargos públicos, protección de instalaciones militares y comisarias o en la actualidad la protección de los barcos que faenan en Somalia…..¿quien iba a imaginar esto hace solo unos pocos años?....

Estas petición ha sido llevada con insistencia ante el Mº del Interior en innumerables ocasiones durante los últimos 17 años, recordándoles que la privación de la condición de agentes de la autoridad ha supuesto, para quienes ejercemos funciones en seguridad privada, la desposesión y perdida de una serie de derechos con respecto a la protección de nuestro patrimonio, integridad física y honor que están regulados en el Código Penal; los mismos derechos de cuya protección disponen los agentes de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

El Mº del Interior es reticente no solo a devolvérnoslo sino simplemente a dotarnos de una protección jurídica totalmente necesaria para el desempeño de nuestras funciones, cuando nos ha necesitado (claro ejemplo el asunto de las escoltas privadas para cargos públicos o en con la protección de los barcos en Somalia), NO HA DUDADO EN CAMBIAR LA L.S.P., prácticamente en 24 horas.

También se ha limitado por Ley (R.D. 524/2002) nuestros derechos laborales con la actual negociación del convenio colectivo exigiendo servicios mínimos entre el 100% al 70%, estrangulando la posibilidad de huelga AL CONSIDERAR NUESTRO SECTOR COMO UN SERVICIO ESENCIAL PARA LA COMUNIDAD, AL MISMO NIVEL QUE LAS F.S.E.

Es decir para lo “bueno” somos empresa totalmente privada para lo “malo” se nos considera al mismo nivel que un servicio público indispensable.

Por último tenemos que soportar el agravio comparativo que supone dotar de esta protección jurídica a otros colectivos (personal sanitario, enseñanza…) que no estando como nosotros directamente relacionados con la seguridad se les ha concedido este elemento de protección (de manera totalmente merecida), al juzgar que en el ejercicio de sus profesiones pueden (justificadamente) sufrir amenazas, agresiones, falta de respeto…etc.…

Nosotros solo queremos lo mismo que ellos…lo que cualquiera quiere en su trabajo…DESARROLLARLO CON SEGURIDAD.

Mi pregunta es… ¿para cuándo llegara nuestro turno?

Un compañero...

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