En virtud de la demanda de reclamación de Conflicto Colectivopresentada en su día por las asociaciones empresariales ACAES, AMMPES yFES contra APROSER, CCOO, y CIG, FES UGT, USO, ALTERNATIVA SINDICAL YSIPVS, ha acordado citar a las partes el próximo día 3 de Marzo a las 10 de la mañana para la celebración del acto de conciliación y juicio pertinente.
La parte demandante pretende la nulidad de la totalidad del convenio 2005-2008 alegando a la unidad de Convenio y vinculación a la totalidad que regula la el artículo nº 7 del propio convenio.
Esta parte de lapatronal basa su pretensión de Conflicto Colectivo en que al habersedeclarado la nulidad de Articulo 42 1.a), en el que se fijaba el valorde la hora extraordinaria,(Sentencia TS 21-02-2007), debe declararsenula la totalidad del convenio por haberse roto el equilibrio económicodel mismo.Si la Audiencia Nacional diera la razón a la parte demandante, ellosupondría la "RECONVENCIÓN" a las tablas salariales de 2004 y con locual, los trabajadores adeudarían a las empresas los incrementossalariales percibidos con la aplicación del convenio 2005-2008.
Esta "Coyuntura Judicial" está siendo alegada por las empresas para conseguir un nuevo archivo provisional de los procedimientos de reclamación de cantidad por el valor de las horas extras.
Hasta la publicación del fallo de esta cita judicial, soloqueda esperar y confiar en la "Coherencia de los Jueces", para que seancapaces de ver que este es un nuevo episodio para demorar aun más elpago de las miles de reclamaciones de cantidad por el mayor precio de la hora extra.
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