jueves, 30 de diciembre de 2010

- Feliz Año 2011

Foto por cortesía de

- Feliz Año 2011

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- Ampliado el plazo para alegar contra el Reglamento de Armas

El Ministerio del Interior ha ampliado en 20 días hábiles el plazo para presentar alegaciones contra el proyecto de reforma del Reglamento de Armas. Hasta el próximo 22 de enero de 2011 tienes tiempo para presentar tus alegaciones. Así que ya no hay excusa, defiende tus derechos y alega contra este injusto y restrictivo

Miércoles 22 de diciembre, el Ministerio del Interior publicó una nota de prensa en la que, además de comunicar oficialmente la ampliación en 20 días hábiles del plazo para presentar alegaciones contra el proyecto del nuevo Reglamento de Armas, recordó el espíritu de esta nueva norma: “La razón fundamental de la elaboración del nuevo Reglamento es la necesidad de transponer al ordenamiento jurídico español una Directiva de la Unión Europea, que ha establecido un nuevo marco regulador de la tenencia y uso de armas”.

La Directiva a la que se refiere el Ministerio del Interior en este comunicado es la Directiva 2008/51/CE, aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 21 de mayo de 2008. Según recoge el preámbulo del proyecto de Real Decreto publicado en el BOE, “lo dispuesto en el Reglamento de Armas debe adaptarse a las modificaciones que introduce la Directiva 2008/51/CE en la Directiva 91/477/CE” (sobre la que se sustenta nuestro actual Reglamento de 1993).

El contenido completo de la Directiva 2008/51/CE se puede consultar clicando aqui.

Fuente de la informacion extraida de Armas.es

- Ampliado el plazo para alegar contra el Reglamento de Armas

El Ministerio del Interior ha ampliado en 20 días hábiles el plazo para presentar alegaciones contra el proyecto de reforma del Reglamento de Armas. Hasta el próximo 22 de enero de 2011 tienes tiempo para presentar tus alegaciones. Así que ya no hay excusa, defiende tus derechos y alega contra este injusto y restrictivo

Miércoles 22 de diciembre, el Ministerio del Interior publicó una nota de prensa en la que, además de comunicar oficialmente la ampliación en 20 días hábiles del plazo para presentar alegaciones contra el proyecto del nuevo Reglamento de Armas, recordó el espíritu de esta nueva norma: “La razón fundamental de la elaboración del nuevo Reglamento es la necesidad de transponer al ordenamiento jurídico español una Directiva de la Unión Europea, que ha establecido un nuevo marco regulador de la tenencia y uso de armas”.

La Directiva a la que se refiere el Ministerio del Interior en este comunicado es la Directiva 2008/51/CE, aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 21 de mayo de 2008. Según recoge el preámbulo del proyecto de Real Decreto publicado en el BOE, “lo dispuesto en el Reglamento de Armas debe adaptarse a las modificaciones que introduce la Directiva 2008/51/CE en la Directiva 91/477/CE” (sobre la que se sustenta nuestro actual Reglamento de 1993).

El contenido completo de la Directiva 2008/51/CE se puede consultar clicando aqui.

Fuente de la informacion extraida de Armas.es

- ¿Como diagnosticar las situaciones y conductas de ACOSO ó VIOLENCIA psicológica?


- ¿Como diagnosticar las situaciones y conductas de ACOSO ó VIOLENCIA psicológica?


- TRASLADO DE CCOO A LA SEDE SOCIAL (SECURITAS)

TURRONES EL ALMENDRO:

SEÑORITAS NOS MANDA A SU CASA DESPUES DE NAVIDAD.

Queridos/as securrritos/as:

Una vez más el tiempo es un juez inapelable, pone las cosas en su sitio y se encarga de dar y quitar razones. Desde que la empresa de forma unilateral, tomo la decisión de echarnos de la sede social, desde Cocos hemos venido abogando por nuestra vuelta a donde es de justicia que estemos, en la sede social. Como os decíamos se hizo justicia, la empresa nos da la razón , por la crisis, por ahorrar, volvemos a donde siempre quisimos estar, en la sede social de la empresa A PARTIR DEL PRÓXIMO DÍA 15 DE ENERO, VOLVEMOS A SU P. CASA. Gracias SEÑORITAS por ser tan amables.

Hay que ahorrar, despidos, congelación salarial, alquiler de los pisos de Vallecas…

Nos alegramos del traslado, volvemos a Suecilandia, después de navidad, más lejos de casa, mas cerca de los compañeros/as. Nos vemos en Suecilandia donde en estos días nievan gélidos despidos, congelaciones salriales…

FELIZ 2011 OS DESEA LA SECCION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS EN SECURITAS (MADRID)
 
Nuestra más sincera enhorabuena a los compañeros de Madrid, a ver si cunde el ejemplo con las demás delegaciones!!!!!

- TRASLADO DE CCOO A LA SEDE SOCIAL (SECURITAS)

TURRONES EL ALMENDRO:

SEÑORITAS NOS MANDA A SU CASA DESPUES DE NAVIDAD.

Queridos/as securrritos/as:

Una vez más el tiempo es un juez inapelable, pone las cosas en su sitio y se encarga de dar y quitar razones. Desde que la empresa de forma unilateral, tomo la decisión de echarnos de la sede social, desde Cocos hemos venido abogando por nuestra vuelta a donde es de justicia que estemos, en la sede social. Como os decíamos se hizo justicia, la empresa nos da la razón , por la crisis, por ahorrar, volvemos a donde siempre quisimos estar, en la sede social de la empresa A PARTIR DEL PRÓXIMO DÍA 15 DE ENERO, VOLVEMOS A SU P. CASA. Gracias SEÑORITAS por ser tan amables.

Hay que ahorrar, despidos, congelación salarial, alquiler de los pisos de Vallecas…

Nos alegramos del traslado, volvemos a Suecilandia, después de navidad, más lejos de casa, mas cerca de los compañeros/as. Nos vemos en Suecilandia donde en estos días nievan gélidos despidos, congelaciones salriales…

FELIZ 2011 OS DESEA LA SECCION SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS EN SECURITAS (MADRID)
 
Nuestra más sincera enhorabuena a los compañeros de Madrid, a ver si cunde el ejemplo con las demás delegaciones!!!!!

lunes, 27 de diciembre de 2010

- Los vigilantes de seguridad de los juzgados se concentran por problemas con sus nóminas

La plantilla está compuesta por 23 empleados que pertenecen a la empresa de seguridad privada ESABE y que realizan sus funciones en las puertas de los edificios judiciales de la capital y provincia junto a efectivos de la Guardia Civil. Comisiones Obreras ha convocado para hoy lunes de 10 a 12 de la mañana una concentración en las puertas de los juzgados en el Prado de San Sebastián. Reclaman que se abonen sus salarios en «tiempo» y "forma", que se respeten los derechos económicos adquiridos y el pago de las horas extraordinarias como extras.

- Los vigilantes de seguridad de los juzgados se concentran por problemas con sus nóminas

La plantilla está compuesta por 23 empleados que pertenecen a la empresa de seguridad privada ESABE y que realizan sus funciones en las puertas de los edificios judiciales de la capital y provincia junto a efectivos de la Guardia Civil. Comisiones Obreras ha convocado para hoy lunes de 10 a 12 de la mañana una concentración en las puertas de los juzgados en el Prado de San Sebastián. Reclaman que se abonen sus salarios en «tiempo» y "forma", que se respeten los derechos económicos adquiridos y el pago de las horas extraordinarias como extras.

viernes, 24 de diciembre de 2010

- CONCENTRACION DIA 27 SEVILLA

- CONCENTRACION DIA 27 SEVILLA

- LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD NO ESTÁN SATISFECHOS CON LA IMAGEN QUE LA SOCIEDAD TIENE DE ELLOS

Los datos que se recogen a continuación han sido extraídos de la encuesta realizada por David Soto García, coordinador del Servicio de Seguridad de la Jefatura Territorial de Seguridad y Protección de Andalucía-Extremadura de Telefónica, a los vigilantes que trabajan a su cargo. Del total de empleados que desempeñan su labor dentro del Servicio, han participado en el estudio un 38,64 por ciento, los cuales han respondido a preguntas acerca de la visión que tienen de la figura del vigilante de seguridad, de su profesión, del modo en que se implican en la labor que realizan y de la formación necesaria para ejercer sus funciones.

Los vigilantes de seguridad que prestan sus servicios en los distintos edificios de Telefónica repartidos por Andalucía, Extremadura, Ceuta y Melilla consideran que la sociedad no posee una buena opinión acerca de la figura del vigilante de seguridad, en parte porque estos profesionales “no hacen lo suficiente” para proyectar una imagen más positiva, tal como ellos mismos reconocen.

Según la encuesta realizada por David Soto, el 60 por ciento de los vigilantes consultados piensa que la opinión que la sociedad tiene de este colectivo es solo “regular”, mientras que el 18 por ciento la califica como “mala” y el seis como “muy mala”, frente al 14 por ciento que afirma que es “buena” y el dos que la define como “muy buena”.

Esto contrasta con la visión que los propios vigilantes poseen de su profesión. El 53 por ciento de los encuestados considera que su trabajo es “muy útil” para la sociedad y el resto lo valora como “útil”, al tiempo que la totalidad de los vigilantes preguntados afirma ser consciente de su responsabilidad para con los ciudadanos.

Sin embargo, opinan que la sociedad les ve como empleados “multiusos” (32%), “porteros” (24%) o trabajadores “subalternos” (12%), frente a un discreto ocho por ciento que piensa que se les percibe como “profesionales”. En menor medida, algunos de los vigilantes sondeados aseguran que se les tacha de “matones” (6%) o “pistoleros” (4%).

A pesar de ello, los vigilantes de la Jefatura Territorial de Seguridad y Protección de Andalucía-Extremadura de Telefónica tienen una “buena opinión” de la figura del vigilante de seguridad (63%). Un ocho por ciento de ellos la valora incluso como “muy buena”, mientras que un 27 la califica como “regular” y solo un dos como “mala”. Asimismo, la mayoría no considera que su profesión sea de menor categoría (82% frente al 14%) ni evita decir públicamente que trabaja como vigilante de seguridad (78%), aunque existe un porcentaje que reconoce que en ocasiones no lo menciona (16%) y otro que, incluso, “prefiere evitar decirlo” (6%).

La diferencia que existe entre la forma en que los ciudadanos ven a los vigilantes de seguridad y aquélla en la que valoran ellos mismos su función social y su profesión podría deberse, según se deja traslucir en la encuesta, a que este colectivo “no hace lo suficiente para dar una buena imagen profesional y personal” de sí mismo, como señaló el 74 por ciento de los vigilantes consultados, frente al 18 que aseguró que sí hacía lo necesario y el ocho que se abstuvo de contestar.

Pulse aquí para descargarse el artículo completo

- LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD NO ESTÁN SATISFECHOS CON LA IMAGEN QUE LA SOCIEDAD TIENE DE ELLOS

Los datos que se recogen a continuación han sido extraídos de la encuesta realizada por David Soto García, coordinador del Servicio de Seguridad de la Jefatura Territorial de Seguridad y Protección de Andalucía-Extremadura de Telefónica, a los vigilantes que trabajan a su cargo. Del total de empleados que desempeñan su labor dentro del Servicio, han participado en el estudio un 38,64 por ciento, los cuales han respondido a preguntas acerca de la visión que tienen de la figura del vigilante de seguridad, de su profesión, del modo en que se implican en la labor que realizan y de la formación necesaria para ejercer sus funciones.

Los vigilantes de seguridad que prestan sus servicios en los distintos edificios de Telefónica repartidos por Andalucía, Extremadura, Ceuta y Melilla consideran que la sociedad no posee una buena opinión acerca de la figura del vigilante de seguridad, en parte porque estos profesionales “no hacen lo suficiente” para proyectar una imagen más positiva, tal como ellos mismos reconocen.

Según la encuesta realizada por David Soto, el 60 por ciento de los vigilantes consultados piensa que la opinión que la sociedad tiene de este colectivo es solo “regular”, mientras que el 18 por ciento la califica como “mala” y el seis como “muy mala”, frente al 14 por ciento que afirma que es “buena” y el dos que la define como “muy buena”.

Esto contrasta con la visión que los propios vigilantes poseen de su profesión. El 53 por ciento de los encuestados considera que su trabajo es “muy útil” para la sociedad y el resto lo valora como “útil”, al tiempo que la totalidad de los vigilantes preguntados afirma ser consciente de su responsabilidad para con los ciudadanos.

Sin embargo, opinan que la sociedad les ve como empleados “multiusos” (32%), “porteros” (24%) o trabajadores “subalternos” (12%), frente a un discreto ocho por ciento que piensa que se les percibe como “profesionales”. En menor medida, algunos de los vigilantes sondeados aseguran que se les tacha de “matones” (6%) o “pistoleros” (4%).

A pesar de ello, los vigilantes de la Jefatura Territorial de Seguridad y Protección de Andalucía-Extremadura de Telefónica tienen una “buena opinión” de la figura del vigilante de seguridad (63%). Un ocho por ciento de ellos la valora incluso como “muy buena”, mientras que un 27 la califica como “regular” y solo un dos como “mala”. Asimismo, la mayoría no considera que su profesión sea de menor categoría (82% frente al 14%) ni evita decir públicamente que trabaja como vigilante de seguridad (78%), aunque existe un porcentaje que reconoce que en ocasiones no lo menciona (16%) y otro que, incluso, “prefiere evitar decirlo” (6%).

La diferencia que existe entre la forma en que los ciudadanos ven a los vigilantes de seguridad y aquélla en la que valoran ellos mismos su función social y su profesión podría deberse, según se deja traslucir en la encuesta, a que este colectivo “no hace lo suficiente para dar una buena imagen profesional y personal” de sí mismo, como señaló el 74 por ciento de los vigilantes consultados, frente al 18 que aseguró que sí hacía lo necesario y el ocho que se abstuvo de contestar.

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jueves, 23 de diciembre de 2010

- El acoso laboral supondrá cárcel

A partir de hoy se tipifican más delitos en España. La principal novedad para las empresas es la resposabilidad penal de las personas jurídicas. Te  ofrecemos las 10 claves.

A partir de mañana, día de Nochebuena, y tras cumplirse hoy la prórroga de seis meses tras su publicación en el BOE, se aplicarán los amplios cambios normativos que aumentan la tipificación de delitos recogidos en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio que reforma sustancialmente el Código Penal que estaba vigente en España desde 1995. Muchos de ellos afectan a cuestiones esenciales del llamado Derecho Penal de la empresa.

El más importante es que la responsabilidad penal, que hasta ahora sólo podía pivotar sobre personas físicas, también recae ahora a las personas jurídicas. Pero hay otros puntos de la reforma que se refieren a materia mercantil, fiscal, laboral, administrativa y medioambiental que vale la pena destacar.

EXPANSIÓN detalla las 10 cuestiones clave de la reforma del Código con la ayuda de los bufetes Baker & McKenzie, Ernst&Young, Gómez-Acebo & Pombo y Uría Menéndez.

1. Acoso laboral o mobbing
Se tipifica como delito (art. 173.1) cuando en el ámbito de cualquier relación laboral y prevaliéndose de su relación de superioridad, se produzcan de forma reiterada actos humillantes u hostiles sin llegar a constituir trato degradante. Será pena de prisión de seis meses a tres años o multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o los medios empleados. Hasta ahora en el trabajo sólo constituía delito el acoso sexual.

2. Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Es la gran novedad de la reforma para las empresas. Por primera vez en España las personas jurídicas (empresas, instituciones, etc.) responderán penalmente de sus actos y los cometidos por sus administradores o empleados y directivos a su supervisión. Siempre que no se hayan establecido los controles internos adecuados de prevención o los empleados hayan cometido el delito por cuenta y nombre de la empresa (artículo 31 bis).
Además la nueva responsabilidad penal de la persona jurídica no es alternativa sino acumulativa a las personas físicas materialmente responsables de delito y a pesar de que ésta última no haya podido ser individualizada. Las penas aplicables serán desde multas proporcionales, pérdida de subvenciones, suspensión de actividades hasta 5 años, clausura de sus locales e incluso disolución de la sociedad. Este artículo no se aplicará a determinadas personas jurídicas, como el Estado o las Administraciones Públicas.
Los países que hasta ahora habían regulado la responsabilidad penal de las personas jurídicas son: EEUU, Francia, Reino Unido, Holanda, Dinamarca, Noruega, Finlandia, Estonia, Bélgica, Chile, Canadá, Brasil y Portugal.

3. Acceso ilegal a sistemas y daños informáticos
El texto sanciona el acceso sin autorización a datos o programas informáticos (art. 197.3). Esta conducta se incluye entre los delitos contra la intimidad y revelación de secretos. También se incluye el sabotaje informático (art. 264), cuando el objetivo es dañar, alterar, suprimir o hacer inaccesible datos o programas electrónicos ajenos.

4. Estafa
La reforma introduce una nueva modalidad de estafa consistente en la utilización de tarjetas de crédito o débito y cheques de viaje (art. 248.2.c). Se establece específicamente la cifra de 50.000 euros como cuantía de notoria gravedad.

5. Delitos contra la propiedad intelectual e industrial
Se concreta la acción típica de este delito. Además de la reproducción, imitación o modificación de una marca, ya no se considera delito cualquier utilización de la marca registrada, sino la usurpación de la misma.

6. Abuso de mercado
A partir de hora se considera delito la difusión de rumores con datos económicos falsos (art. 284-2) a sabiendas de que lo son, siempre que persiga un beneficio económico para sí o para un tercero por más de 300.000 euros . También se reordena el uso de información privilegiada (art. 284-3).

7. Blanqueo de capitales
A las conductas típicas de adquisición, conversión y transmisión de bienes procedentes de un delito, se añaden ahora las conductas de posesión y utilización de esos bienes.

8. Delitos contra ordenación del territorio y Urbanismo
Las conductas en relación de obras y la concesión de licencias se reordenan. Los sujetos activos son los mismos: promotores, constructores o técnicos, pero la conducta se amplía a las obra de urbanización, construcciones o edificaciones. Además, en la prevaricación urbanística se amplía el ámbito de los objetos sobre los que puede recaer la decisión injusta.

9. Delitos contra el Medio Ambiente
Hay amplias novedades en cuatro grandes bloques: transporte y gestión de residuos, protección de la capa de ozono, protección de hábitats de especies amenazadas y radiaciones ionizantes.

10. Delitos de falsedad documental
Falsificar tarjetas de crédito ya no se considera una falsificación de moneda, sino documental, con lo que ya no es competencia de la Audiencia Nacional. Se equipara el uso de documento falso y auténtico por persona no autorizada.

- El acoso laboral supondrá cárcel

A partir de hoy se tipifican más delitos en España. La principal novedad para las empresas es la resposabilidad penal de las personas jurídicas. Te  ofrecemos las 10 claves.

A partir de mañana, día de Nochebuena, y tras cumplirse hoy la prórroga de seis meses tras su publicación en el BOE, se aplicarán los amplios cambios normativos que aumentan la tipificación de delitos recogidos en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio que reforma sustancialmente el Código Penal que estaba vigente en España desde 1995. Muchos de ellos afectan a cuestiones esenciales del llamado Derecho Penal de la empresa.

El más importante es que la responsabilidad penal, que hasta ahora sólo podía pivotar sobre personas físicas, también recae ahora a las personas jurídicas. Pero hay otros puntos de la reforma que se refieren a materia mercantil, fiscal, laboral, administrativa y medioambiental que vale la pena destacar.

EXPANSIÓN detalla las 10 cuestiones clave de la reforma del Código con la ayuda de los bufetes Baker & McKenzie, Ernst&Young, Gómez-Acebo & Pombo y Uría Menéndez.

1. Acoso laboral o mobbing
Se tipifica como delito (art. 173.1) cuando en el ámbito de cualquier relación laboral y prevaliéndose de su relación de superioridad, se produzcan de forma reiterada actos humillantes u hostiles sin llegar a constituir trato degradante. Será pena de prisión de seis meses a tres años o multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o los medios empleados. Hasta ahora en el trabajo sólo constituía delito el acoso sexual.

2. Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Es la gran novedad de la reforma para las empresas. Por primera vez en España las personas jurídicas (empresas, instituciones, etc.) responderán penalmente de sus actos y los cometidos por sus administradores o empleados y directivos a su supervisión. Siempre que no se hayan establecido los controles internos adecuados de prevención o los empleados hayan cometido el delito por cuenta y nombre de la empresa (artículo 31 bis).
Además la nueva responsabilidad penal de la persona jurídica no es alternativa sino acumulativa a las personas físicas materialmente responsables de delito y a pesar de que ésta última no haya podido ser individualizada. Las penas aplicables serán desde multas proporcionales, pérdida de subvenciones, suspensión de actividades hasta 5 años, clausura de sus locales e incluso disolución de la sociedad. Este artículo no se aplicará a determinadas personas jurídicas, como el Estado o las Administraciones Públicas.
Los países que hasta ahora habían regulado la responsabilidad penal de las personas jurídicas son: EEUU, Francia, Reino Unido, Holanda, Dinamarca, Noruega, Finlandia, Estonia, Bélgica, Chile, Canadá, Brasil y Portugal.

3. Acceso ilegal a sistemas y daños informáticos
El texto sanciona el acceso sin autorización a datos o programas informáticos (art. 197.3). Esta conducta se incluye entre los delitos contra la intimidad y revelación de secretos. También se incluye el sabotaje informático (art. 264), cuando el objetivo es dañar, alterar, suprimir o hacer inaccesible datos o programas electrónicos ajenos.

4. Estafa
La reforma introduce una nueva modalidad de estafa consistente en la utilización de tarjetas de crédito o débito y cheques de viaje (art. 248.2.c). Se establece específicamente la cifra de 50.000 euros como cuantía de notoria gravedad.

5. Delitos contra la propiedad intelectual e industrial
Se concreta la acción típica de este delito. Además de la reproducción, imitación o modificación de una marca, ya no se considera delito cualquier utilización de la marca registrada, sino la usurpación de la misma.

6. Abuso de mercado
A partir de hora se considera delito la difusión de rumores con datos económicos falsos (art. 284-2) a sabiendas de que lo son, siempre que persiga un beneficio económico para sí o para un tercero por más de 300.000 euros . También se reordena el uso de información privilegiada (art. 284-3).

7. Blanqueo de capitales
A las conductas típicas de adquisición, conversión y transmisión de bienes procedentes de un delito, se añaden ahora las conductas de posesión y utilización de esos bienes.

8. Delitos contra ordenación del territorio y Urbanismo
Las conductas en relación de obras y la concesión de licencias se reordenan. Los sujetos activos son los mismos: promotores, constructores o técnicos, pero la conducta se amplía a las obra de urbanización, construcciones o edificaciones. Además, en la prevaricación urbanística se amplía el ámbito de los objetos sobre los que puede recaer la decisión injusta.

9. Delitos contra el Medio Ambiente
Hay amplias novedades en cuatro grandes bloques: transporte y gestión de residuos, protección de la capa de ozono, protección de hábitats de especies amenazadas y radiaciones ionizantes.

10. Delitos de falsedad documental
Falsificar tarjetas de crédito ya no se considera una falsificación de moneda, sino documental, con lo que ya no es competencia de la Audiencia Nacional. Se equipara el uso de documento falso y auténtico por persona no autorizada.

- Naturaleza salarial Pluses Transporte y Vestuario



- Naturaleza salarial Pluses Transporte y Vestuario



- Nueva compra de Securitas

Piranha Seguridad
 A raíz de la estrategia para aumentar su presencia mundial, Securitas (STO: SECUB) ha adquirido la empresa de servicios de seguridad Piranha Seguridad (CC) en África del Sur. Valor de la empresa se estima en millones de coronas suecas 15 (MZAR 15).
Piranha de Seguridad tiene ventas anuales de aproximadamente 40 millones de coronas suecas (MZAR 40) y aproximadamente 500 empleados. La empresa está especializada en la vigilancia y servicios de vigilancia, principalmente en Johannesburgo.

Con esta adquisición, Securitas en Sudáfrica tiene ventas anuales de unos millones de coronas suecas 119 (MZAR 120) y aproximadamente 1.500 empleados, con operaciones en la vigilancia, sistemas de seguridad, los servicios móviles, alarmas seguimiento, análisis forense y servicios de gestión de riesgos.

Securitas AB revela la información en virtud de la Ley del Mercado de Valores y / o la Ley de Instrumentos Financieros de comercio. La información se presentó para su publicación  el 22 de diciembre,2010.

P.D. Si nos lo permiten los suecos, tenemos en mente un par de nombres para dirigir la compañía en Sudáfrica.

- Nueva compra de Securitas

Piranha Seguridad
 A raíz de la estrategia para aumentar su presencia mundial, Securitas (STO: SECUB) ha adquirido la empresa de servicios de seguridad Piranha Seguridad (CC) en África del Sur. Valor de la empresa se estima en millones de coronas suecas 15 (MZAR 15).
Piranha de Seguridad tiene ventas anuales de aproximadamente 40 millones de coronas suecas (MZAR 40) y aproximadamente 500 empleados. La empresa está especializada en la vigilancia y servicios de vigilancia, principalmente en Johannesburgo.

Con esta adquisición, Securitas en Sudáfrica tiene ventas anuales de unos millones de coronas suecas 119 (MZAR 120) y aproximadamente 1.500 empleados, con operaciones en la vigilancia, sistemas de seguridad, los servicios móviles, alarmas seguimiento, análisis forense y servicios de gestión de riesgos.

Securitas AB revela la información en virtud de la Ley del Mercado de Valores y / o la Ley de Instrumentos Financieros de comercio. La información se presentó para su publicación  el 22 de diciembre,2010.

P.D. Si nos lo permiten los suecos, tenemos en mente un par de nombres para dirigir la compañía en Sudáfrica.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

- Loteria de Navidad 2010: Resultados Oficiales del Sorteo

- Loteria de Navidad 2010: Resultados Oficiales del Sorteo

- Gaceta Sindical Especial movilizaciones del 18

Las próximas semanas serán claves para ver si habrá o no huelga general. El Gobierno tiene que elegir: o apuesta por el consenso social y político en las reformas que necesita el sistema público de pensiones –como se ha venido haciendo desde 1995 con el Pacto de Toledo–, o sigue cediendo al chantaje y exigencias de los mercados financieros y de las 37 grandes empresas que se reunieron con Zapatero en el Palacio de la Moncloa.
22-12-2010 -
Como ha recordado el secretario general de CCOO, la reforma de las pensiones debe excluir expresamente la idea de retrasar la edad de jubilación a los 67 años, porque, además de ser una medida injusta e innecesaria, significaría arruinar el marco de consenso político y concertación social que se ha derivado del Pacto de Toledo, además de un recrudecimiento del conflicto social. Para Toxo, alargar la edad de jubilación marca la frontera entre el acuerdo y el desacuerdo, por lo que ha advertido que si no se retira la propuesta y siguen adelante los planes de recorte social “habrá huelga general en enero”.
...
Descarga el Especial Gaceta Sindical en

- Gaceta Sindical Especial movilizaciones del 18

Las próximas semanas serán claves para ver si habrá o no huelga general. El Gobierno tiene que elegir: o apuesta por el consenso social y político en las reformas que necesita el sistema público de pensiones –como se ha venido haciendo desde 1995 con el Pacto de Toledo–, o sigue cediendo al chantaje y exigencias de los mercados financieros y de las 37 grandes empresas que se reunieron con Zapatero en el Palacio de la Moncloa.
22-12-2010 -
Como ha recordado el secretario general de CCOO, la reforma de las pensiones debe excluir expresamente la idea de retrasar la edad de jubilación a los 67 años, porque, además de ser una medida injusta e innecesaria, significaría arruinar el marco de consenso político y concertación social que se ha derivado del Pacto de Toledo, además de un recrudecimiento del conflicto social. Para Toxo, alargar la edad de jubilación marca la frontera entre el acuerdo y el desacuerdo, por lo que ha advertido que si no se retira la propuesta y siguen adelante los planes de recorte social “habrá huelga general en enero”.
...
Descarga el Especial Gaceta Sindical en

lunes, 20 de diciembre de 2010

- Mensaje de Navidad


- Mensaje de Navidad


- INTRUSISMO en Seguridad Privada

por el ratonsolitario

- INTRUSISMO en Seguridad Privada

por el ratonsolitario

- Sanción Laboral, Cómo actuar ?

Cuando la empresa nos informa, por escrito, de una sanción y nos pide la firma del recibí de la entrega, la podemos firmar añadiendo “Recibí, no conforme”, independientemente de que se ajuste o no a los hechos reales.
 
Es importante poner la fecha del día de la entrega de la sanción y comprobar que la copia que nos entregan es idéntica y contiene el mismo texto que la que se queda la empresa con nuestra firma.

Negarse a firmarla no sirve de mucho, porque la empresa nos la entregaría en presencia de dos trabajadores afines, y la sanción quedaría entregada a todos los efectos.

Una vez la sanción, por escrito, esté en nuestro poder, nos pondremos en contacto, lo antes posible, con nuestros Delegados, de la Sección Sindical de CC.OO., o con los servicios del Gabinet Juridic.
Hay que tener en cuenta que 2 faltas graves, en 6 meses, supone ser despedido sin ninguna indemnización y sin derecho a paro.

• PLAZOS DE RECLAMACIÓN

1. Salarios o cantidades pendientes de cobro:

2. Sanciones, despidos, ceses, fin de contrato, vacaciones o la modificación de las condiciones de trabajo como: Jornada de trabajo, horario, sistema de remuneración, régimen de trabajo a turnos, sistema de trabajo y rendimiento, etc.:

Hay un plazo de 20 días, donde no se computan los días festivos. 

- Sanción Laboral, Cómo actuar ?

Cuando la empresa nos informa, por escrito, de una sanción y nos pide la firma del recibí de la entrega, la podemos firmar añadiendo “Recibí, no conforme”, independientemente de que se ajuste o no a los hechos reales.
 
Es importante poner la fecha del día de la entrega de la sanción y comprobar que la copia que nos entregan es idéntica y contiene el mismo texto que la que se queda la empresa con nuestra firma.

Negarse a firmarla no sirve de mucho, porque la empresa nos la entregaría en presencia de dos trabajadores afines, y la sanción quedaría entregada a todos los efectos.

Una vez la sanción, por escrito, esté en nuestro poder, nos pondremos en contacto, lo antes posible, con nuestros Delegados, de la Sección Sindical de CC.OO., o con los servicios del Gabinet Juridic.
Hay que tener en cuenta que 2 faltas graves, en 6 meses, supone ser despedido sin ninguna indemnización y sin derecho a paro.

• PLAZOS DE RECLAMACIÓN

1. Salarios o cantidades pendientes de cobro:

2. Sanciones, despidos, ceses, fin de contrato, vacaciones o la modificación de las condiciones de trabajo como: Jornada de trabajo, horario, sistema de remuneración, régimen de trabajo a turnos, sistema de trabajo y rendimiento, etc.:

Hay un plazo de 20 días, donde no se computan los días festivos. 

sábado, 18 de diciembre de 2010

- Informe económico según APROSER del 2010

 Informe económico presentado por la asociación APROSER sobre el Sector de la Seguridad Privada en España del año 2010.

- Informe económico según APROSER del 2010

 Informe económico presentado por la asociación APROSER sobre el Sector de la Seguridad Privada en España del año 2010.

viernes, 17 de diciembre de 2010

- El 18 manifestaciones en todas las ciudades

La movilización continúa. Decenas de miles de trabajadores dicen NO a los recortes sociales

Decenas de miles de trabajadores se han movilizado hoy en todo el Estado, en la Segunda Jornada de Acción Europea convocada por la Confederación Europea de Sindicatos, CES, contra las medidas de austeridad promovidas por la Unión Europea.

fuente...

Toxo advierte que 'el retraso de la edad de jubilación es la frontera entre el acuerdo y la acentuación del conflicto social'

El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, ha manifestado que la reforma de las pensiones debe excluir expresamente la idea de retrasar la edad de jubilación a los 67 años. Tiene que desaparecer "esa especie de tótem que el Gobierno ofrece a los mercados", porque el incremento de la edad de jubilación además de "una medida injusta e innecesaria, significaría el recrudecimiento del conflicto social, y yo no excluyo ninguna expresión de ese conflicto".

 

- El 18 manifestaciones en todas las ciudades

La movilización continúa. Decenas de miles de trabajadores dicen NO a los recortes sociales

Decenas de miles de trabajadores se han movilizado hoy en todo el Estado, en la Segunda Jornada de Acción Europea convocada por la Confederación Europea de Sindicatos, CES, contra las medidas de austeridad promovidas por la Unión Europea.

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Toxo advierte que 'el retraso de la edad de jubilación es la frontera entre el acuerdo y la acentuación del conflicto social'

El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, ha manifestado que la reforma de las pensiones debe excluir expresamente la idea de retrasar la edad de jubilación a los 67 años. Tiene que desaparecer "esa especie de tótem que el Gobierno ofrece a los mercados", porque el incremento de la edad de jubilación además de "una medida injusta e innecesaria, significaría el recrudecimiento del conflicto social, y yo no excluyo ninguna expresión de ese conflicto".